A ley proyecto que precisa el ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral respecto a los funcionarios públicos

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En condiciones de ser promulgado como ley quedó el proyecto relativo al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral. Esto, luego que la Sala del Senado respaldara con 29 votos a favor y 8 abstenciones, los cambios realizados por la Cámara Baja.

La mayor parte de los legisladores apoyó la iniciativa haciendo ver la confusión que se generó en tribunales respecto a si los funcionarios públicos tienen derecho a tutela laboral. En ese marco se abordó la opinión que emitió a tal efecto, el Tribunal Constitucional (TC).

Asimismo, diversos senadores hicieron presente también que “es poco claro considerar a los funcionarios públicos como tales, en algunas materias y en otras no”. Además se consignó que este proyecto implicaría gasto público, de allí que sería materia exclusiva del Ejecutivo.

El proyecto de ley, iniciado en mociones de los senadores Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ximena Rincón, Juan Ignacio Latorre y Juan Pablo Letelier (Boletín N° 12322-13); de los senadores Isabel Allende, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Juan Ignacio Latorre y Juan Pablo Letelier (Boletín N° 12327-13) y de los senadores Juan Pablo Letelier, Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe y Ricardo Lagos (Boletín N° 9476-13), tiene por objeto incorporar a las relaciones laborales del sector público, el procedimiento de tutela laboral, permitiéndoles a estos trabajadores la legítima defensa de los actos provenientes de dicha relación y que vulneren sus derechos fundamentales.

La iniciativa precisa que «el procedimiento de tutela laboral beneficia a todos los trabajadores, incluidos los funcionarios de la Administración Pública, del Congreso Nacional, del Poder Judicial, de las empresas públicas; igualmente  a los trabajadores del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Servicio Electoral, de la Contraloría General de la República y  del Banco Central; y a aquellos que sus propias leyes declaren como autónomos.

Asimismo, modifica el Código del Trabajo en cuanto a esclarecer el ámbito de actuación de la Dirección del Trabajo en materia de tutela laboral y clarifica el pago de la indemnización para trabajadores del sector público en caso de acogerse a la denuncia por esta razón.

Finalmente, precisa que «si el juez declara que el despido de funcionarios de la Administración del estado es discriminatorio y además ello fuera calificado como grave, el trabajador podría optar entre la indemnización que corresponda o bien su reincorporación al cargo».

Información: Prensa Senado